Regulación de la EMC en México
Cada día se publican más artículos médicos de lo que una
persona puede leer quizá en uno o más años. Aún por tipo de especialidad o
subespecialidad, cada día se publica mucho más de lo que uno puede leer, es
decir, el conocimiento científico avanza mucho más rápido de lo que podemos
seguirle el paso.
Personalmente no creo que nadie pretenda estar “al día” en
todo lo que se conoce de una enfermedad o cualquier área del conocimiento
humano, a lo que aspiramos algunos como médicos, es simplemente a que nuestro
rezago no sea de tal magnitud que la obsolescencia de nuestro conocimiento
ponga en riesgo la vida o la calidad de vida de una persona. Quienes han optado
por la especialización y aún la subespecialización saben cada día más de un
campo más limitado, mientras que los generalistas si bien tienen un campo más
amplio, es a expensas de la profundidad en el conocimiento.
Especialista o Generalista, todos los médicos requerimos
estar en una constante actualización de nuestros conocimientos, incluso debemos
de certificar esa actualización ante los grupos colegiados reconocidos para
ello. Logramos esa actualización (también llamada Educación Médica Continua o
EMC) de múltiples maneras, todas ellas casi igual de importantes y ninguna de
ellas suficiente por sí misma, los ejemplos más comunes para estar al día son:
la propia práctica profesional, sobre todo en un ambiente hospitalario
académico, las revistas médicas, los congresos, los cursos, etc. Todos los
médicos aprendimos así la medicina, con todas esas herramientas y es por ello
que a lo largo de nuestra práctica profesional debemos conservarlas.
Cada uno de los grupos colegiados que certifican a los
médicos propone y utiliza sus propios criterios y mecanismos de medición para
otorgar dicha certificación, a través de créditos que se obtienen por diversas
actividades, con un examen de conocimientos y habilidades o, como es lo más
habitual, con la combinación de varios.
No existe un estándar para valorar la Educación Médica
Continua, el gobierno ha avanzado dando a través de la Secretaría de Educación
Pública el reconocimiento de idoneidad para que los grupos colegiados puedan
certificar a sus pares, pero no existe un estándar o al menos un acuerdo en
cómo cada uno de ellos debe trabajar o qué requisitos debe cumplir un proveedor
de servicios de EMC.
Las empresas que ofrecen servicios de EMC tampoco están reguladas
y no todas tienen el conocimiento, experiencia o simplemente la convicción de
seguir los códigos deontológicos aplicables a la interacción entre un
Profesional de la Salud y una empresa productora de insumos para la salud. Hoy
por hoy muchos reconocen como una
ventaja competitiva que las empresas que se adhieren voluntariamente a dichos
código de autorregulación a diferencia de otras que sólo ofrecen servicios
logísticos quizá sin la experiencia ni preparación académica.
Autor: Dr. Gustavo Hernández Verde.
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